PROYECTO DEL
EJECUTIVO VULNERA LEGISLACIÓN
SOBRE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
·
En
la mayoría de países de la región, los compromisos contraídos como resultado de
las negociaciones colectivas constituyen un derecho fundamental de los
trabajadores, que incluso es reconocido por la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), en el Perú esto no se ejerce plenamente a pesar de estar consagrado
en la Constitución Política del Estado.
Así
lo señaló el presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del
Congreso de la República, congresista Hernando Cevallos, durante el Foro
Público ‘La Negociación Colectiva en el Sector Público y Empresas del Estado:
Límites y Posibilidades’ que se realizó hoy, con la asistencia de
trabajadores, funcionarios públicos y representantes de diversas instituciones.
El evento tuvo lugar en el Auditorio ‘Faustino Sánchez Carrión’ del Congreso de
la República.
Al
respecto, dijo que el proyecto de presupuesto para el 2017, presentado por el
Poder Ejecutivo, en su 58° Disposición Final Complementaria, establece la
prohibición de realizar incrementos u otorgar beneficios económicos vía
negociación colectiva. Agregó que en el artículo 6° de la misma ley, se prohíbe
expresamente la aplicación de aumentos económicos o mejoras económicas (a
través de incrementos salariales, beneficios, incentivos, etc.) limitando la
negociación colectiva a tan solo a la determinación de condiciones laborales no
económicas.
Indicó
que esta disposición no solo es contraria al concepto social de la remuneración
que consagra el artículo 24° de la Constitución Política, sino también
contradice el artículo 28° que reconoce el derecho humano a la libertad
sindical y de negociación colectiva, conforme a los principios de negociación
libre y voluntaria incluidos en el Convenio Nº 98 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT).
Explicó
que oportunamente, el Tribunal Constitucional emitió sentencia reconociendo que
tanto el principio de equilibrio presupuestal como el de negociación colectiva,
deben conciliarse; señalando que “una interpretación adecuada y razonable de
los artículos 28, 42, 77 y 78 de la Constitución Política del Estado, así como
los Convenios 98 y 151 de la OIT, referidos a la negociación colectiva en la
administración pública, confiere el derecho de los trabajadores o servidores
públicos de discutir el incremento de las remuneraciones a través del mecanismo
de la negociación colectiva, con respeto del principio de equilibrio y
legalidad presupuestales, y si bien las restricciones o prohibiciones a que se
negocie el incremento de sus remuneraciones no son en sí mismas
inconstitucionales, tal estatus jurídico –constitucional se alcanza a todas las
veces en que la prohibición exceda los tres años, que es el lapso máximo para
que una medida de esta naturaleza pueda prorrogarse”.
Agregó que la
cita corresponde al Considerando 90 de la Sentencia recaída sobre los expedientes 003-2013-AI/TC,
004-2013-AI y 0023-2013-AI/TC del 18 de setiembre de 2015, que fue publicada en
el diario oficial. En la misma sentencia, el TC insta al Congreso de la
República a regular en el plazo máximo de la legislatura 2016-2017, los
mecanismos y procedimientos de negociación colectiva de remuneraciones en el
Estado.
Por
ello, Cevallos adelantó la próxima presentación de un proyecto de ley sobre
convenios colectivos para evitar que otro ‘contrabando normativo’ pretenda
afectar este derecho consagrado en nuestra legislación.
Dijo,
además, que la política laboral del gobierno requiere de una respuesta
organizada que gravite en las organizaciones de los trabajadores. “Sabemos que
no será fácil y que en muchas ocasiones deberemos marchar contra la corriente,
pero daremos la pelea desde nuestras ubicaciones”, enfatizó.
Por
otro lado, el parlamentario indicó que desde su perspectiva la comisión que
preside tiene dos características claramente definidas: la fiscalización de las
normas laborales y su aplicación en las instituciones a fin de velar por su
cumplimiento; y, el carácter normativo, que en nuestro país sufre un evidente
retraso.
El titular de la comisión de
Trabajo y Seguridad Social del Legislativo dijo que con este Foro se abrió el
debate público sobre la situación de la negociación colectiva en el sector
estatal, buscando identificar los entrampamientos y cuellos de botellas
legales, para plantear alternativas normativas para viabilizar y hacer efectivo
este derecho en la administración pública.
Se ha querido promover el
análisis y debatir los alcances, limitaciones y posibilidades contenidas en el
derecho a la negociación colectiva, además de analizar sus implicancias frente
a la propuesta remitida por el Ejecutivo, concluyó el legislador.
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