martes, 29 de abril de 2014

CAOS SOBRE RUEDAS

Caos sobre ruedas
 Durante los últimos días, una noticia que es parte de nuestra cotidianeidad ha ocupado portadas: accidentes de tránsito y el caos del transporte público en Lima. Todo empezó con una víctima de atropello por una combi el pasado viernes 11 de abril. Su nombre era Sili Díaz y murió arrollada por un ómnibus. Lamentablemente, en nuestro país,  los accidentes de tránsito son pan de cada día. Sólo en los primeros 3 meses de este año, fallecieron 60 personas debido a un accidente. El porcentaje respecto del año pasado se ha incrementado en un 25%.Una verdadera reforma del transporte se hace más que urgente.
 La causa principal de este panorama es el sistema “comisionista-afiliador”. Este se instauró durante el gobierno de Alberto Fujimori, se liberalizaron las rutas en la ciudad y la importación de vehículos usados.
Desde entonces, la crisis del transporte público se agudizó y se generaron, además de los fatales resultados que mencionamos líneas arriba, focos de contaminación significativos, eternas “horas punta” y caos. El caso de la empresa Orión, que recién el viernes pasado decidió sumarse a la reforma de transporte,  es un ejemplo de esta crisis del sistema.
 Dado que no contamos con una autoridad única del transporte en la ciudad, tenemos instancias que no logran ponerse de acuerdo. Ese es el caso de la Municipalidad del Callao que, por ejemplo, otorga licencias a la empresa de transportes Orión la cual puede operar en Lima sin que el municipio metropolitano pueda hacer algo al respecto. Contra toda lógica, que el Callao otorgue licencias para que esta empresa transite en Lima es algo legal.
 Pero hay más. No se trata sólo de una empresa que se ha visto favorecida reiteradas veces por la comuna chalaca, sino que, entre otras cosas, tiene una deuda de más de 7 millones por multas de tránsito no pagadas. Recién el viernes pasado, luego de que el Municipio del Callao le suspendiera una ruta durante treinta días, esta empresa decidió sumarse a la reforma de transporte impulsada por la alcaldesa Susana Villarán. Para ello deben realizar una renovación de su flota, pagar la deuda y cumplir con los requisitos que solicita la Municipalidad de Lima. Este es un buen paso. Se espera, además, que no contraten más a choferes con historiales de infracciones significativas. Ello reduciría la cantidad de casos fatales en que esta empresa ha estado involucrada. Recordemos el caso del joven fotógrafo Ivo Dutra quien fue atropellado por una combi de Orión que se pasó la luz roja y falleció 6 días después del accidente. Hasta la fecha, no se ha cumplido siquiera con la reparación civil.
 Recordemos también a quienes han estado detrás de una empresa como Orión y la han favorecido. Félix Moreno, en su periodo como alcalde del Callao, favoreció a la empresa Orión concediéndole licencia para operar en ciertas rutas. Pero, además, se le concesionaron varias rutas por 10 años. Esto les permitió acceder a considerables créditos en bancos para renovar su flota. En Agosto del año 2008, la inauguración de la nueva flota de la empresa la realizó Alex Kouri (entonces Presidente Regional del Callao), Félix Moreno y el presidente del grupo Orión, José López Vidal.
 Hay más, durante el año 2010, la empresa de transporte urbano Orión fue condecorada con la “Orden al Mérito de Transportes y Comunicaciones” por “servicios distinguidos e incluso por contribuir a la ‘efectiva’ prevención de accidentes de tránsito. Aunque parezca de Ripley, esta condecoración la realizó nada menos que el entonces ministro de Transportes y Comunicaciones del gobierno aprista: Enrique Cornejo. Hoy, este personaje busca ser candidato del partido aprista al Municipio Limeño, luego de haber premiado a la empresa que conforma la mayor oposición a la reforma del transporte.
 Pero Orión bien podría ser cualquier otra empresa. Lo cierto es que la puerta sigue abierta para que empresas de este tipo operen en la ciudad generando caos, desorden y accidentes. En Lima, actualmente,por cada kilómetro hay 28 empresas (28 rutas superpuestas) que compiten por un pasajero. Lo primero a hacer, entonces, es apoyar la reforma iniciada por la gestión de Villarán que busca, para comenzar, atacar la herencia de anteriores gestiones ediles que han liberalizado totalmente las rutas de Lima y permitido la entrada de vehículos en malas condiciones, generando contaminación. Por otro lado, oxigenar las rutas, para lo cual es necesario el nuevo sistema de 5 corredores viales que busca hacerlas más eficientes y con menos superposiciones y rutas más cortas. Es un plan ambicioso y de largo plazo, se espera por ello su continuidad. Es la única manera de garantizar que Lima, en el tema del transporte, deje de ser el infierno que actualmente es.

lunes, 28 de abril de 2014

COLUMNA DE REPORTEROS

Las FFAA y la lucha contra el narcotráfico

La discusión arrancó como sucede con tantas otras circunstancias parecidas: sobre una ley aprobada antes que se haya debatido el tema que esa ley busca normar.
¿Debe intervenir o no la Fuerza Armada en la lucha contra el narcotráfico? La pregunta se hace vital en el VRAE, donde las narcoavionetas bolivianas han reconstruido, para todo propósito práctico el puente aéreo que definió la forma de operar del mercado peruano de la droga en la década de los 1980 y la primera parte de los 1990.
El congresista Carlos Tubino se respondió hace tiempo a sí mismo sobre el tema. La semana pasada el Congreso aprobó un proyecto de ley presentado por Tubino para permitir al Ejército, la FAP y la Marina llevar a cabo operaciones de interdicción contra el narcotráfico en tierra, aire y agua.
Tubino, hay que decirlo, tiene conocimiento sobre la materia. Es un vicealmirante retirado de la Infantería de Marina. En los 80 y 90 del siglo pasado combatió contra Sendero en varios escenarios, entre ellos los del VRAE.
Tubino me pareció un oficial con una visión pragmática de los problemas y una buena preparación contrainsurgente. Hay algunos oficiales que sirvieron bajo sus órdenes y que no lo quieren, pero eso le puede pasar a cualquiera.
Como político tomó una mala decisión, según me parece, cuando se hizo fujimorista.
Entonces, si bien Tubino sabe de qué habla en términos militares y de lucha antisenderista, sus pronunciamientos políticos deben ser filtrados luego de la constatación de que no siempre sabe de qué habla.
De otro lado, la aprobación del proyecto de ley parece haber tomado medio de sorpresa al Ejecutivo (cosa que a estas alturas es casi de esperar), incluyendo al ministro de Defensa, Pedro Cateriano.
El domingo 20, Cateriano declaró lamentar que el Congreso hubiera “aprobado esa iniciativa legislativa sin realizar un amplio debate y que no haya pedido la opinión del ministerio de Defensa sobre ese tema”.
Cateriano adelantó, sin embargo, su opinión: “… las Fuerzas Armadas no han sido preparadas profesionalmente para la lucha contra el narcotráfico, esa es una tarea propia y privativa de la Policía Nacional”.
Dijo además que “… hemos visto que en otros países donde las Fuerzas Armadas han [enfrentado el narcotráfico] […] lamentablemente no han salido bien paradas”.
Tubino contestó poco después en la forma ligeramente altisonante que deben haber esperado sus colegas de bancada. El ministro Cateriano, dijo, puso “en duda las capacidades éticas y morales de las FFAA […]. Ese es un absurdo hoy día hablar de esa manera o siquiera pensarlo, porque […] la realidad de las FFAA del Perú [es] que son honorables y que sí están en capacidad para actuar contra el narcotráfico en el VRAE únicamente”.
¿Debe intervenir la FFAA en la lucha contra el narcotráfico en el VRAE?
Hay que preguntarse primero ¿Puede la PNP hacer frente exitosamente a la proliferación del puente aéreo?
Pese a los denodados esfuerzos de algunas unidades especializadas de la Policía, (sobre todo las de inteligencia antidrogas), el crecimiento del narcotráfico aéreo es explosivo, mientras la Policía apenas logra acechar y cazar a un porcentaje mínimo de las avionetas en el momento que aterrizan. La inmensa mayoría logra cargar 300 kilos de droga por vuelo y despegar. Una vez que están en el aire, la impunidad queda garantizada.
La única posibilidad de lograr una interdicción exitosa del puente aéreo es con la intervención de la Fuerza Aérea. La FAP tiene ahora una capacidad muy disminuida de interdicción; pero con capacidad de mejorar en un plazo relativamente corto.
Cuando la FAP pueda complementar lo que tiene con el equipamiento de radar necesario para seguir con exactitud la trayectoria de vuelo de las avionetas, podrá poner en acción las naves interceptoras de baja velocidad. Entonces será cuestión de un tiempo relativamente corto terminar con el actual puente aéreo.
El principal obstáculo para lograrlo ahora no son los problemas de equipamiento, ni de diseño operativo ni de comando y control, sino la oposición del gobierno de Estados Unidos a que se produzcan derribos de aeronaves civiles, aunque sean narcotraficantes, por parte de aviones militares.
Es un cambio de 180 grados, respecto de la actitud del mismo gobierno en la década de los 90, cuando organizó y participó activamente en la interdicción del puente aéreo del narcotráfico.
El caso de las narcoavionetas en el VRAE es, sin embargo, un asunto real de seguridad nacional para el Perú (uno de los pocos que tenemos). En el proceso de enfrentarlo se puede escuchar a todos, recibir consejos de quien quiera darlos, pero sin obligarse a pedirle permiso a nadie.
"El caso de las narcoavionetas en el VRAE es un asunto real de seguridad nacional para el Perú, ante el cual no tenemos que pedirle permiso a nadie para enfrentarlo".
No creo, de otro lado, que la interdicción aérea suponga necesariamente el derribo de las aeronaves que no acaten las órdenes de aterrizar. Si se establece un sistema de cooperación internacional con Brasil y Bolivia, tal como lo ha hecho ya la Policía Antidrogas en su ámbito, las narcoavionetas que no obedezcan la orden de aterrizar podrían ser perseguidas hasta la frontera con cualquiera de las dos naciones, con su trayectoria de vuelo previamente transmitida, para que el seguimiento sea tomado entonces por aviones de esos países hasta su aterrizaje e intervención en tierra. Sería más costoso, pero posible y eficaz.
Eso supondría, por supuesto, estrechar más vínculos operativos con Brasil y Bolivia, sobre todo con el sistema de vigilancia amazónica Sivam-Sipan del primero, aunque eso signifique aflojar algo la cooperación con Estados Unidos, lo cual, por lo demás, corresponde al flujo actual del narcotráfico peruano, orientado hacia el sur y el este y mucho menos al norte.
¿En qué otro aspecto puede intervenir la FFAA aparte de la interdicción aérea? En la fluvial y, sobre todo, la marina, a cargo de la Armada.
El Ejército, a su turno, puede apoyar a la Policía antidrogas en operativos de interdicción terrestre. Las tres fuerzas ya están acostumbradas, sobre todo en unidades especializadas, a intervenir con la presencia de fiscales y policías, bajo la dirección legal de aquéllos. Y no solo en acciones contra el senderismo.
El 2011, por ejemplo, todavía en el gobierno de García, acompañé a una unidad FOES de la Marina en acciones contra las dragas ilegales en Madre de Dios. En la nave, junto a los comandos navales, iba un fiscal encargado de verificar y dirigir la legalidad de las intervenciones. Hasta en Bolivia, donde terminamos operando, pero esa es otra historia.
En lo que Tubino no tiene, en cambio, ninguna razón, es en sostener que no existe ahora un problema de corrupción en la FFAA relacionado con el narcotráfico. Añadir, como lo hace, que no se debe ni pensar en ello es francamente ridículo.
Hay un problema de corrupción vinculada con el narcotráfico en la FFAA y en la PNP en el VRAE. ¿Recuerda Tubino, para mencionarle solo un hecho, el caso del combustible de helicóptero requisado en un grifo de Pichanaki, que había sido vendido clandestinamente en la base del Ejército en Satipo?
El peligro de corrupción, que con frecuencia se consuma, acompaña inevitablemente la lucha contra el narcotráfico y una parte vital de la estrategia es luchar intensamente por disminuirla todo lo posible, buscando su erradicación.

Eso se puede lograr con inteligencia, con un liderazgo enérgico y honesto y, sobre todo, con una percepción clara de la realidad, que no intente disfrazarla con fraseología tonta sino corregirla, mejorarla y hacerla eficaz♦

viernes, 25 de abril de 2014

EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

Gustavo Gorriti, director de IDL-Reporteros (Foto: Christian Osés).
Las FFAA y la lucha contra el narcotráfico

La discusión arrancó como sucede con tantas otras circunstancias parecidas: sobre una ley aprobada antes que se haya debatido el tema que esa ley busca normar.

¿Debe intervenir o no la Fuerza Armada en la lucha contra el narcotráfico? La pregunta se hace vital en el VRAE, donde las narcoavionetas bolivianas han reconstruido, para todo propósito práctico el puente aéreo que definió la forma de operar del mercado peruano de la droga en la década de los 1980 y la primera parte de los 1990.
El congresista Carlos Tubino se respondió hace tiempo a sí mismo sobre el tema. La semana pasada el Congreso aprobó un proyecto de ley presentado por Tubino para permitir al Ejército, la FAP y la Marina llevar a cabo operaciones de interdicción contra el narcotráfico en tierra, aire y agua.
Tubino, hay que decirlo, tiene conocimiento sobre la materia. Es un vicealmirante retirado de la Infantería de Marina. En los 80 y 90 del siglo pasado combatió contra Sendero en varios escenarios, entre ellos los del VRAE.
Tubino me pareció un oficial con una visión pragmática de los problemas y una buena preparación contrainsurgente. Hay algunos oficiales que sirvieron bajo sus órdenes y que no lo quieren, pero eso le puede pasar a cualquiera.
Como político tomó una mala decisión, según me parece, cuando se hizo fujimorista.
Entonces, si bien Tubino sabe de qué habla en términos militares y de lucha antisenderista, sus pronunciamientos políticos deben ser filtrados luego de la constatación de que no siempre sabe de qué habla.
De otro lado, la aprobación del proyecto de ley parece haber tomado medio de sorpresa al Ejecutivo (cosa que a estas alturas es casi de esperar), incluyendo al ministro de Defensa, Pedro Cateriano.
El domingo 20, Cateriano declaró lamentar que el Congreso hubiera “aprobado esa iniciativa legislativa sin realizar un amplio debate y que no haya pedido la opinión del ministerio de Defensa sobre ese tema”.
Cateriano adelantó, sin embargo, su opinión: “… las Fuerzas Armadas no han sido preparadas profesionalmente para la lucha contra el narcotráfico, esa es una tarea propia y privativa de la Policía Nacional”.
Dijo además que “… hemos visto que en otros países donde las Fuerzas Armadas han [enfrentado el narcotráfico] […] lamentablemente no han salido bien paradas”.
Tubino contestó poco después en la forma ligeramente altisonante que deben haber esperado sus colegas de bancada. El ministro Cateriano, dijo, puso “en duda las capacidades éticas y morales de las FFAA […]. Ese es un absurdo hoy día hablar de esa manera o siquiera pensarlo, porque […] la realidad de las FFAA del Perú [es] que son honorables y que sí están en capacidad para actuar contra el narcotráfico en el VRAE únicamente”.
¿Debe intervenir la FFAA en la lucha contra el narcotráfico en el VRAE?
Hay que preguntarse primero ¿Puede la PNP hacer frente exitosamente a la proliferación del puente aéreo?
Pese a los denodados esfuerzos de algunas unidades especializadas de la Policía, (sobre todo las de inteligencia antidrogas), el crecimiento del narcotráfico aéreo es explosivo, mientras la Policía apenas logra acechar y cazar a un porcentaje mínimo de las avionetas en el momento que aterrizan. La inmensa mayoría logra cargar 300 kilos de droga por vuelo y despegar. Una vez que están en el aire, la impunidad queda garantizada.
La única posibilidad de lograr una interdicción exitosa del puente aéreo es con la intervención de la Fuerza Aérea. La FAP tiene ahora una capacidad muy disminuida de interdicción; pero con capacidad de mejorar en un plazo relativamente corto.
Cuando la FAP pueda complementar lo que tiene con el equipamiento de radar necesario para seguir con exactitud la trayectoria de vuelo de las avionetas, podrá poner en acción las naves interceptoras de baja velocidad. Entonces será cuestión de un tiempo relativamente corto terminar con el actual puente aéreo.
El principal obstáculo para lograrlo ahora no son los problemas de equipamiento, ni de diseño operativo ni de comando y control, sino la oposición del gobierno de Estados Unidos a que se produzcan derribos de aeronaves civiles, aunque sean narcotraficantes, por parte de aviones militares.
Es un cambio de 180 grados, respecto de la actitud del mismo gobierno en la década de los 90, cuando organizó y participó activamente en la interdicción del puente aéreo del narcotráfico.
El caso de las narcoavionetas en el VRAE es, sin embargo, un asunto real de seguridad nacional para el Perú (uno de los pocos que tenemos). En el proceso de enfrentarlo se puede escuchar a todos, recibir consejos de quien quiera darlos, pero sin obligarse a pedirle permiso a nadie.
"El caso de las narcoavionetas en el VRAE es un asunto real de seguridad nacional para el Perú, ante el cual no tenemos que pedirle permiso a nadie para enfrentarlo".
No creo, de otro lado, que la interdicción aérea suponga necesariamente el derribo de las aeronaves que no acaten las órdenes de aterrizar. Si se establece un sistema de cooperación internacional con Brasil y Bolivia, tal como lo ha hecho ya la Policía Antidrogas en su ámbito, las narcoavionetas que no obedezcan la orden de aterrizar podrían ser perseguidas hasta la frontera con cualquiera de las dos naciones, con su trayectoria de vuelo previamente transmitida, para que el seguimiento sea tomado entonces por aviones de esos países hasta su aterrizaje e intervención en tierra. Sería más costoso, pero posible y eficaz.
Eso supondría, por supuesto, estrechar más vínculos operativos con Brasil y Bolivia, sobre todo con el sistema de vigilancia amazónica Sivam-Sipan del primero, aunque eso signifique aflojar algo la cooperación con Estados Unidos, lo cual, por lo demás, corresponde al flujo actual del narcotráfico peruano, orientado hacia el sur y el este y mucho menos al norte.
¿En qué otro aspecto puede intervenir la FFAA aparte de la interdicción aérea? En la fluvial y, sobre todo, la marina, a cargo de la Armada.
El Ejército, a su turno, puede apoyar a la Policía antidrogas en operativos de interdicción terrestre. Las tres fuerzas ya están acostumbradas, sobre todo en unidades especializadas, a intervenir con la presencia de fiscales y policías, bajo la dirección legal de aquéllos. Y no solo en acciones contra el senderismo.
El 2011, por ejemplo, todavía en el gobierno de García, acompañé a una unidad FOES de la Marina en acciones contra las dragas ilegales en Madre de Dios. En la nave, junto a los comandos navales, iba un fiscal encargado de verificar y dirigir la legalidad de las intervenciones. Hasta en Bolivia, donde terminamos operando, pero esa es otra historia.
En lo que Tubino no tiene, en cambio, ninguna razón, es en sostener que no existe ahora un problema de corrupción en la FFAA relacionado con el narcotráfico. Añadir, como lo hace, que no se debe ni pensar en ello es francamente ridículo.
Hay un problema de corrupción vinculada con el narcotráfico en la FFAA y en la PNP en el VRAE. ¿Recuerda Tubino, para mencionarle solo un hecho, el caso del combustible de helicóptero requisado en un grifo de Pichanaki, que había sido vendido clandestinamente en la base del Ejército en Satipo?
El peligro de corrupción, que con frecuencia se consuma, acompaña inevitablemente la lucha contra el narcotráfico y una parte vital de la estrategia es luchar intensamente por disminuirla todo lo posible, buscando su erradicación.

Eso se puede lograr con inteligencia, con un liderazgo enérgico y honesto y, sobre todo, con una percepción clara de la realidad, que no intente disfrazarla con fraseología tonta sino corregirla, mejorarla y hacerla eficaz♦

miércoles, 23 de abril de 2014

INCONSULTA PREVIA

Inconsulta previa

Por: Irma Montes Patiño 
Como es costumbre, ante un problema nuestros políticos ofrecen solucionarlo con una nueva ley y a veces esta lo complica todo aun más.
Algo de esto es lo que ha ocurrido con la ley de consulta previa y su reglamento. Normas saludadas por tirios y troyanos, pero que en la práctica son letra muerta y, en el caso del reglamento, las organizaciones indígenas consideran que este genera vacíos dentro de la ley y “genera dudas para la implementación”. De hecho, la famosa consulta previa genera incertidumbre y desconfianza entre los que pretende ayudar.
En el Perú, el Convenio 169 (OIT), sobre derechos de los pueblos indígenas y tribales, entra en vigencia en 1995. Ya había pues una norma (de rango constitucional) sobre el tema. Sin embargo, se aprobó la ley de consulta para implementar los principios del 169 y hasta la fecha carece de metodología eficiente, no se identifica a quiénes consultar y se han generado falsas expectativas en las comunidades indígenas. Es decir, un instrumento lleno de buenas intenciones que, paradójicamente, podría causar nuevos conflictos sociales y hasta desvirtuar lo que establecen normas precedentes sobre el manejo y explotación de nuestros recursos naturales.
La aprobación unánime de la ley de consulta previa inauguró con bombos y maracas nuestro actual Congreso y se dio para garantizar el derecho de estos pueblos a informarlos libre y previamente sobre los proyectos que puedan afectar su destino. Gran logro si nos quedamos solo en el papel: en la práctica, hasta ahora, no ha servido para solucionar, sino entorpecer el ya difícil camino de las inversiones y el reconocimiento de los derechos indígenas.
Como si esta ineficacia no fuera suficiente, la congresista Pérez Tello pretende impulsar una norma que en esencia empoderaría en primera instancia a la Comisión de Pueblos Andinos, Ambiente y Ecología del Congreso (de la cual ella es miembro titular) y luego al pleno del Congreso para opinar y dictaminar sobre el rango y aplicabilidad de la ley de consulta previa. Hecho que no solo es alarmante por las innumerables vulnerabilidades y riesgos que conlleva algo semejante, sino porque amenaza nuestra institucionalidad intentando dejar de lado al Ejecutivo, encargado de aplicar la norma a través de su ente rector.
Mientras el Congreso busca maneras de obtener más poder sobre las decisiones económicas que nos afectan como peruanos, olvida que lo que debe corregirse es la asimetría entre los pueblos indígenas frente al Estado y a las empresas. Tal como están planteadas hoy las cosas, esa asimetría continuará y una norma en los términos que plantea Pérez Tello terminará hundiendo toda intención del Ejecutivo de avanzar y destrabar las inversiones.
Urge corregir entonces la vigente e inaplicable ley de consulta y su antitécnico reglamento, alineándolos con leyes ya efectivas que promuevan proyectos de manera despolitizada, consensuada y sostenible para el país. Se equivoca pues el Congreso al pretender legislar sobre un tema que desconoce profundamente, en la medida en que ni siquiera se tiene claro quiénes son nuestros pueblos indígenas.
La modificación de la ley de consulta debe retomar la esencia de nuestra normativa elaborada a raíz del espíritu del Convenio 169 para así evitar sabotear su aplicabilidad. El problema está en saberlo interpretar correctamente.

LA CONSTITUCIÓN PRIMA SOBRE TODA NORMA


Esquizofrenia

Por: Alfredo Bullard
Buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución.
Este artículo está escrito para aquellos que tienen la suerte de no ser abogados. Y es que parece que una buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución. Padecemos de esquizofrenia: nuestra mano derecha no sabe lo que hace nuestra mano izquierda.
Hay algo en el conocimiento jurídico que neutraliza el sentido común. Para un abogado pensar bien nos acerca demasiado a la realidad y, al hacerlo, nos priva de la capacidad de defender casi cualquier cosa. La ficción y no lo real parece la regla en lo jurídico. Por eso nadie nos entiende y nos alejamos tanto de brindar soluciones a las personas de carne y hueso. Quizá usted, como no abogado, pueda ayudarnos.
Como ya debe saber, la Constitución prima sobre toda otra norma legal. Por ello, si hay una contradicción entre la Constitución y una ley, se debe preferir lo que dice la Constitución. Ello tiene lógica: la Constitución reconoce los derechos fundamentales, es decir, aquellos que no pueden ser desconocidos. Si una ley los desconoce, aplicarla es vulnerar nuestros derechos más básicos.
También debe saber que todos estamos obligados a cumplir la Constitución y que no hacerlo es una infracción grave.
Son dos principios fáciles de entender. Imaginemos que la Constitución reconoce como un derecho que usted puede comer manzanas. Sale una ley que prohíbe que coma manzanas. ¿Puede comer manzanas? La respuesta es sí, porque la Constitución prima sobre la ley. Por eso una ley no puede ordenar que se torture a alguien, que su propiedad pueda ser tomada sin compensación o que sea condenado a prisión sin un juicio previo.
No hay duda de que si en un juicio se discute si puede comer o no manzanas el juez puede inaplicar la ley inconstitucional. Y hace siete años el Tribunal Constitucional había zanjado la discusión sobre si los órganos administrativos (los tribunales u órganos colegiados del gobierno como el Tribunal Fiscal, las comisiones o tribunales del Indecopi, los tribunales de los reguladores, etc.) podían hacer lo mismo y preferir la Constitución sobre la ley.
La facultad de inaplicar una ley inconstitucional se conoce como control difuso. En el Caso Salazar Yarlequé, el Tribunal Constitucional estableció que ciertos órganos administrativos podían hacer control difuso si con ello evitaban que se afecte los derechos fundamentales de los ciudadanos recogidos en la Constitución.
Puro sentido común. Decir lo contrario significaba obligar a los órganos de la administración pública a incumplir la Constitución y resolver algo a sabiendas que luego su decisión sería dejada sin efecto por inconstitucional.
Pero a pesar de que es obvio, esta semana el Tribunal Constitucional ha cambiado de criterio y ha establecido un principio esquizofrénico: la administración pública ya no puede aplicar control difuso. Por un lado, la ley obliga a los funcionarios a cumplir la Constitución y, por otro, el Tribunal Constitucional los obliga a incumplirla y cometer inconstitucionalidades a sabiendas de que lo están haciendo.
Como claramente señaló el magistrado Urviola en su voto singular, no hay ninguna demostración de que la aplicación de control difuso por parte de tribunales y órganos administrativos haya tenido resultados negativos. Y es que fue reconocido como una garantía para los ciudadanos. Buscaba proteger sus derechos, no perjudicarlos. Ayer el ciudadano de a pie estaba mejor que hoy. Con esta nueva decisión, hay menos funcionarios comprometidos con la defensa de nuestros derechos.
La esquizofrenia es la pérdida de conciencia de la realidad. El derecho puede ser un potente alucinógeno que nos hace ver cosas que no existen y ocultar las que existen. Lo que no se ve en el nuevo precedente es lógica. Cuando la ley contiene una tiranía, se está obligando a los funcionarios a ser tiranos.

LA CONSTITUCIÓN PRIMA SOBRE TODA NORMA


Esquizofrenia

Por: Alfredo Bullard
Buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución.
Este artículo está escrito para aquellos que tienen la suerte de no ser abogados. Y es que parece que una buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución. Padecemos de esquizofrenia: nuestra mano derecha no sabe lo que hace nuestra mano izquierda.
Hay algo en el conocimiento jurídico que neutraliza el sentido común. Para un abogado pensar bien nos acerca demasiado a la realidad y, al hacerlo, nos priva de la capacidad de defender casi cualquier cosa. La ficción y no lo real parece la regla en lo jurídico. Por eso nadie nos entiende y nos alejamos tanto de brindar soluciones a las personas de carne y hueso. Quizá usted, como no abogado, pueda ayudarnos.
Como ya debe saber, la Constitución prima sobre toda otra norma legal. Por ello, si hay una contradicción entre la Constitución y una ley, se debe preferir lo que dice la Constitución. Ello tiene lógica: la Constitución reconoce los derechos fundamentales, es decir, aquellos que no pueden ser desconocidos. Si una ley los desconoce, aplicarla es vulnerar nuestros derechos más básicos.
También debe saber que todos estamos obligados a cumplir la Constitución y que no hacerlo es una infracción grave.
Son dos principios fáciles de entender. Imaginemos que la Constitución reconoce como un derecho que usted puede comer manzanas. Sale una ley que prohíbe que coma manzanas. ¿Puede comer manzanas? La respuesta es sí, porque la Constitución prima sobre la ley. Por eso una ley no puede ordenar que se torture a alguien, que su propiedad pueda ser tomada sin compensación o que sea condenado a prisión sin un juicio previo.
No hay duda de que si en un juicio se discute si puede comer o no manzanas el juez puede inaplicar la ley inconstitucional. Y hace siete años el Tribunal Constitucional había zanjado la discusión sobre si los órganos administrativos (los tribunales u órganos colegiados del gobierno como el Tribunal Fiscal, las comisiones o tribunales del Indecopi, los tribunales de los reguladores, etc.) podían hacer lo mismo y preferir la Constitución sobre la ley.
La facultad de inaplicar una ley inconstitucional se conoce como control difuso. En el Caso Salazar Yarlequé, el Tribunal Constitucional estableció que ciertos órganos administrativos podían hacer control difuso si con ello evitaban que se afecte los derechos fundamentales de los ciudadanos recogidos en la Constitución.
Puro sentido común. Decir lo contrario significaba obligar a los órganos de la administración pública a incumplir la Constitución y resolver algo a sabiendas que luego su decisión sería dejada sin efecto por inconstitucional.
Pero a pesar de que es obvio, esta semana el Tribunal Constitucional ha cambiado de criterio y ha establecido un principio esquizofrénico: la administración pública ya no puede aplicar control difuso. Por un lado, la ley obliga a los funcionarios a cumplir la Constitución y, por otro, el Tribunal Constitucional los obliga a incumplirla y cometer inconstitucionalidades a sabiendas de que lo están haciendo.
Como claramente señaló el magistrado Urviola en su voto singular, no hay ninguna demostración de que la aplicación de control difuso por parte de tribunales y órganos administrativos haya tenido resultados negativos. Y es que fue reconocido como una garantía para los ciudadanos. Buscaba proteger sus derechos, no perjudicarlos. Ayer el ciudadano de a pie estaba mejor que hoy. Con esta nueva decisión, hay menos funcionarios comprometidos con la defensa de nuestros derechos.
La esquizofrenia es la pérdida de conciencia de la realidad. El derecho puede ser un potente alucinógeno que nos hace ver cosas que no existen y ocultar las que existen. Lo que no se ve en el nuevo precedente es lógica. Cuando la ley contiene una tiranía, se está obligando a los funcionarios a ser tiranos.

LA CONSTITUCIÓN PRIMA SOBRE TODA NORMA


Esquizofrenia

Por: Alfredo Bullard
Buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución.
Este artículo está escrito para aquellos que tienen la suerte de no ser abogados. Y es que parece que una buena parte de los abogados estamos muy confundidos sobre cómo se aplica la Constitución. Padecemos de esquizofrenia: nuestra mano derecha no sabe lo que hace nuestra mano izquierda.
Hay algo en el conocimiento jurídico que neutraliza el sentido común. Para un abogado pensar bien nos acerca demasiado a la realidad y, al hacerlo, nos priva de la capacidad de defender casi cualquier cosa. La ficción y no lo real parece la regla en lo jurídico. Por eso nadie nos entiende y nos alejamos tanto de brindar soluciones a las personas de carne y hueso. Quizá usted, como no abogado, pueda ayudarnos.
Como ya debe saber, la Constitución prima sobre toda otra norma legal. Por ello, si hay una contradicción entre la Constitución y una ley, se debe preferir lo que dice la Constitución. Ello tiene lógica: la Constitución reconoce los derechos fundamentales, es decir, aquellos que no pueden ser desconocidos. Si una ley los desconoce, aplicarla es vulnerar nuestros derechos más básicos.
También debe saber que todos estamos obligados a cumplir la Constitución y que no hacerlo es una infracción grave.
Son dos principios fáciles de entender. Imaginemos que la Constitución reconoce como un derecho que usted puede comer manzanas. Sale una ley que prohíbe que coma manzanas. ¿Puede comer manzanas? La respuesta es sí, porque la Constitución prima sobre la ley. Por eso una ley no puede ordenar que se torture a alguien, que su propiedad pueda ser tomada sin compensación o que sea condenado a prisión sin un juicio previo.
No hay duda de que si en un juicio se discute si puede comer o no manzanas el juez puede inaplicar la ley inconstitucional. Y hace siete años el Tribunal Constitucional había zanjado la discusión sobre si los órganos administrativos (los tribunales u órganos colegiados del gobierno como el Tribunal Fiscal, las comisiones o tribunales del Indecopi, los tribunales de los reguladores, etc.) podían hacer lo mismo y preferir la Constitución sobre la ley.
La facultad de inaplicar una ley inconstitucional se conoce como control difuso. En el Caso Salazar Yarlequé, el Tribunal Constitucional estableció que ciertos órganos administrativos podían hacer control difuso si con ello evitaban que se afecte los derechos fundamentales de los ciudadanos recogidos en la Constitución.
Puro sentido común. Decir lo contrario significaba obligar a los órganos de la administración pública a incumplir la Constitución y resolver algo a sabiendas que luego su decisión sería dejada sin efecto por inconstitucional.
Pero a pesar de que es obvio, esta semana el Tribunal Constitucional ha cambiado de criterio y ha establecido un principio esquizofrénico: la administración pública ya no puede aplicar control difuso. Por un lado, la ley obliga a los funcionarios a cumplir la Constitución y, por otro, el Tribunal Constitucional los obliga a incumplirla y cometer inconstitucionalidades a sabiendas de que lo están haciendo.
Como claramente señaló el magistrado Urviola en su voto singular, no hay ninguna demostración de que la aplicación de control difuso por parte de tribunales y órganos administrativos haya tenido resultados negativos. Y es que fue reconocido como una garantía para los ciudadanos. Buscaba proteger sus derechos, no perjudicarlos. Ayer el ciudadano de a pie estaba mejor que hoy. Con esta nueva decisión, hay menos funcionarios comprometidos con la defensa de nuestros derechos.
La esquizofrenia es la pérdida de conciencia de la realidad. El derecho puede ser un potente alucinógeno que nos hace ver cosas que no existen y ocultar las que existen. Lo que no se ve en el nuevo precedente es lógica. Cuando la ley contiene una tiranía, se está obligando a los funcionarios a ser tiranos.