viernes, 31 de enero de 2014

PERÚ SE FORTALECE CON MAR DE GRAU

Fallo de La Haya: Mirando el futuro.

“La Corte ha fijado el límite marítimo y no se ha referido en absoluto a la frontera terrestre”


DE GRAN VALOR. Muestra una pintura del Huáscar, en el que estuvo su antepasado Carlos Tizón.
DE GRAN VALOR. Muestra una pintura del Huáscar, en el que estuvo su antepasado Carlos Tizón.
Agente peruano ante La Haya para el diferendo marítimo con Chile y embajador en Holanda. Fue ministro de Relaciones Exteriores y de Defensa.
María Elena Castillo Hijar

Diplomático de profesión, Allan Wagner está por cumplir 72 años el próximo 7 de febrero, la mayor parte entregados a la Cancillería, y se siente orgulloso y satisfecho. Confi esa que la sentencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre el diferendo marítimo con Chile ha sido su más grande desafío y responsabilidad. Sin embargo, destaca con humildad la importante tarea desarrollada por un esforzado equipo de peruanos que durante los últimos seis años impulsó este proceso. Jubilado hace dos años por límite de edad, dice que ahora está listo para volver al Perú, disfrutar de la familia y de los amigos. Por su gran tamaño, es difícil que pase desapercibido, aunque ahora el ciudadano de a pie lo reconoce por su papel en la delimitación marítima. Ayer, al recorrer a pie la media cuadra que separa Torre Tagle de su vehículo aparcado en el jirón Carabaya, más de un transeúnte murmuraba: "Allí está el de La Haya". Incluso un caballero se dirigió a él en voz alta: "¡Felicitaciones!". Wagner le agradeció con una amplia sonrisa.

– ¿Cuál es su evaluación a tres días del fallo, pues si bien ya se definió nuestra frontera marítima, se han abierto otras interrogantes, al menos de Chile?

– Primero veamos el fallo en sí, Lo que Perú pretendía cuando presentó su solicitud a la Corte el 16 de enero del 2008 era que sobre la base de la no existencia de un tratado de límites marítimos, la Corte estableciera ese límite entre Perú y Chile. Solicitamos que ese límite fuera trazado en la zona de superposición en las 200 millas peruanas y las 200 millas
chilenas; y que fuera delimitado por una línea equidistante partiendo del Punto Concordia.

– Y el triángulo interno...

– Así es. Además solicitó que la Corte estableciera los derechos de Perú sobre una zona marítima que está dentro de las 200 millas peruanas y más allá de las 200 millas chilenas, pero que consideraba su llamado mar presencial.

– Sobre todo ello se pronunció el tribunal de La Haya…

– El fallo de la Corte le ha concedido al Perú en términos de área marítima, el 75% de lo que solicitó, que son más de 50 mil kilómetros cuadrados de espacio marítimo. Esto es el íntegro del triángulo interno y el 60% del triángulo externo. Es un buen resultado. En opinión de nuestros abogados internacionales, cuando hicimos la evaluación inmediata del fallo en La Haya, fue un resultado estupendo, y alguno dijo que nunca visto.

– Por lo que demoraron los jueces, habrá sido bastante difícil…

– Este es un fallo complejo porque la situación lo era. Fueron 60 años en los cuales había una serie de instrumentos firmados entre Perú y Chile que tenían diferente interpretación. Según Perú, no había un tratado y los acuerdos firmados eran con fines de orientación de la labor de las embarcaciones pesqueras artesanales; en cambio, Chilesostenía que había un tratado de límites marítimos que era la Declaración de Santiago de 1952, y por consiguiente quería que laCorte descartara completamente la solicitud de Perú.

– Los jueces comenzaron dándole la razón a Perú, pero luego se la dieron en parte a Chile. ¿Cómo se puede entender eso?

– El fallo de la Corte estableció primero que la Declaración de Santiago no era un tratado de límites marítimos y que las proclamaciones presidenciales de 1947 tampoco tenían esas características. Luego, a través de un proceso de racionamiento jurídico, la Corte evaluó el Convenio de Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954, que establece un área de tolerancia más allá de las 12 millas. La corte lo interpretó como que en ese tiempo se habría producido un acuerdo tácito entre los dos países para establecer un límite marítimo, pero dijo que había que ver cuál sería la extensión de ese límite.

– ¿Por qué lo fijó en 80 millas?

– Para eso la Corte se basó en un informe de la FAO sobre la pesca en los años 50 y determinó que en esa época se pescaba como máximo, incluso las embarcaciones extranjeras, en 80 millas desde las costas de ambos países. Por eso establece que en el primer segmento se mantiene el límite entre Perú y Chile en 80 millas. Y a partir de allí traza una línea equidistante hasta la zona donde se superponen los dominios marítimos peruano y chileno.

– ¿Sorprendió que la Corte fi je el límite a partir del Hito N°1?

– En cuanto al punto de partida del límite marítimo, la Corte se basa en el acuerdo sobre los faros de enfilamiento de 1968 y 1969 en que se estableció que esos faros tenían por objeto materializar el paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países, que pasaba por el Hito N° 1. Por eso dijo que el punto de partida del límite marítimo es, por consiguiente, donde el paralelo que cruza el Hito N°1 corta la línea de baja marea.

– Dejó de lado el Punto Concordia,y ahora Chile dice que hay un triángulo terrestre que le pertenece…

– La Corte señaló, al mismo tiempo, que esto no tenía ninguna implicancia con el límite terrestre. Recordó que este se fijó en el Tratado de 1929, fue llevado a la práctica por las comisiones demarcadoras de 1929 y 1930, y que se inicia en un punto del mar llamado Concordia. La Corte dijo que no era su función pronunciarse sobre la ubicación de ese punto, incluso indicó que podía quedar en un lugar distinto al punto de inicio del límite marítimo que la Corte estaba fi jando.

– Chile afirma que todo lo que está bajo el Hito N° 1 es su territorio…

– La Corte determinó en derecho. Lo que genera eso es que en el pequeño terreno de 3 hectáreas el mar pertenece a Chile y, de acuerdo al Tratado de 1929, y es nuestra posición como Perú, el territorio corresponde al Perú.

– Pero el presidente Piñera reclama esa zona para su país…

– Para los peruanos está claro que el Tratado de 1929 definió la frontera terrestre. Si Chile tiene una interpretación distinta, puede eventualmente llevar este tema al arbitraje del presidente de los Estados Unidos, lo que,
obviamente, no sería deseable.

– Entonces, ¿no hay duda de que esa zona es peruana?

– La posición de Perú, que hemos sostenido permanentemente, es que ese tema quedó resuelto y no hay nada pendiente. Lo que la Corte ha fijado es el límite marítimo. No se ha referido en lo absoluto a la frontera terrestre.

– A diferencia de otros fallos, como el de Nicaragua-Colombia, en nuestro caso la Corte no dio coordinadas precisas. ¿Por qué esa diferencia?
– No sé por qué razones la Corte no fijó las coordenadas. En el caso de Nicaragua-Colombia, que fue una situación muy distinta, estábamos hablando de un conjunto de islotes, cayos, promontorios, que generaban zonas marítimas, y posiblemente por ello consideró necesario establecer coordenadas. En el nuestro no creyó así y trasladó el encargo a los dos países.

– ¿Se necesitan comisiones mixtas para hacerlo?

– No es una tarea complicada. La Marina de los dos países o un tercero, un técnico, lo pueden hacer rápidamente. Hoy día hay métodos científi cos que permiten rápidamente establecer las coordenadas. Yo interpreto que la Corte no lo hizo por lo sencillo que es establecerlas en el plano de buena vecindad.

– ¿No habrá también una doble interpretación en este aspecto?

– El diagrama que la Corte presenta con la línea de límite marítimo y la explicación que hace sobre cómo es que se construye esa línea da todos los elementos de juicio necesarios para que rápidamente se establezca cuál es la cartografía, sobre la base de las coordenadas de esos puntos.

– Se dijo que el fallo ayudaría a fortalecer las relaciones entre los dos países, pero las declaraciones políticas en Chile denotan un alto grado de desconfianza…

– Este es un fallo que, en balance, ha favorecido a Perú, entonces requiere un tiempo para ser procesado. De manera que, yo creo que hay que comprender eso por parte de Chile.

– Si bien el fallo entra en vigor desde que acaba su lectura, los presidentes de Perú y Chile han dicho que tendrá una implementación gradual, pero a la brevedad. Y hoy (ayer) la canciller Rivas, tomando palabras suyas, refirió que será a paso ligero…

– Esa fue una expresión del doctor Eguiguren, en una reunión de trabajo que tuvimos. Dijo que no será ni corriendo ni pasito a paso, sino a paso ligero y en un trecho muy corto. Eso quiere decir que será una ejecución pronta, pero sin atolondramiento, manteniendo el diálogo y el buen clima entre los dos países. Pero no hay duda de que los derechos derivados están vigentes.

– En base a este derecho ya comenzamos a tomar posesión del triángulo externo de mar con buques
de investigación científica...

– Así es. Ese derecho existe para el Perú a partir a las 5 de la tarde más o menos (hora de Holanda), en que el presidente de la Corte terminó de leer el fallo.

– ¿Podríamos ir a la parte del triángulo interno que ganamos?

– Bueno, el derecho está. Lo que ha determinado el gobierno del presidente Humala es que hay una etapa de evaluación de los recursos que hay en esas zonas y en función de ello el Ministerio de Producción determinará cuál será el régimen de explotación. Eso es algo que depende de nosotros. Pero hay que hacerlo de una manera científica.

– ¿Cuánto tiempo tomará ese “paso ligero”, en vista de que se tardó casi 70 años para implementar el Tratado de 1929? ¿Bastará con un año?

– Yo diría que mucho menos que eso. Lo que tenemos pendiente es el encargo de la Corte de establecer las coordenadas que ha planteado. Pero sobre la base de que los derechos ya existen. Yo diría que puede hacer eso en 15 o 20 días, pero los expertos dirán. En todo caso estamos hablando de tiempos cortos y luego hay tareas que cada país tendrá que hacer para la mejor aplicación interna. Lo importante es que se mantenga el diálogo y se fortalezca la relación que hemos desarrollado.

– ¿Puede Chile exigir alguna condición previa para implementar el fallo de La Haya?

– No. De acuerdo con el Derecho Internacional los fallos de la Corte rigen a partir del momento en que termina su lectura y no están sujetos a ningún condicionamiento. Ningún país puede argumentar razones de carácter interno para dificultar la ejecución de los compromisos derivados. De manera que no puede haber ningún condicionamiento.

– Entonces, ¿Chile no puede condicionar la ejecución del fallo a que aceptemos que el triángulo terrestre le pertenece?

– En absoluto. Y además no tiene nada que ver con el límite marítimo. Eso debe quedar aparte del fallo de la Corte.

– ¿Por qué exige que Perú firme la Convención del Mar?

– Es que algunas personas están preocupadas por que las embarcaciones chilenas puedan tener dificultades al atravesar ese sector amplio del triángulo interior de mar que ha sido asignado al Perú; pero el Derecho Internacional del Mar y la propia Convención del Mar establecen la libertad de navegación. Si algún día Perú forma parte de la Convención será por decisión de los peruanos. Lo que sí tiene es la obligación de aplicar, en su dominio marítimo, la libertad de navegación y de sobrevuelo que establece el Derecho Internacional, y nuestra legislación es compatible con esas exigencias.

– Y para quedarnos tranquilos, embajador, ¿el triángulo terrestre es peruano?

– No tengo nada más que agregar a lo ya dicho. La posición del Perú es clara. Toda la frontera terrestre fue resuelta por el Tratado de 1929.

– ¿Eso quiere decir que es territorio peruano?

– Así es.

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