MINISTERIO ENERGÍA MINAS Y EL PROYECTO MINERO CORANI DE DE BEAR CREEK, VIOLA LOS DERECHOS DE LOS PUEBLO INDÍGENAS
Como es de conocimiento que el Proyecto Minero Corani de Bear Creek, de capitales Canadiense Chileno, sin aplicar el Art. 6 del Convenio 169-OIT ingresaron a la comunidad Campesina Chacaconiza,Quellccaya, Chimboya, Isivilla, Corani Acconsaya, Aymaña ubicado en el distrito de Corani provincia de Carabaya, región Puno.
Para realizar la fase de exploración, aprobación del Estudio Impacto Ambiental EIA, el Ministerio de Energía y Minas realizo las publicaciones en el diario Oficial El Peruano y las otras Publicaciones, Correo y República estos diarios escritos No llegan a la comunicad ni al distrito de Corani, por cuanto en esta parte no es leído,es la razónmuy a destiempo los propietarios y la comunidad en el distrito de Corani toman en conocimiento sobre la concesión y fases del proceso de desarrollo de exploración y inicios de explotación.
Para romper rocas utilizaran TM2 de dinamita y Así quedara con la explotación de Bear Creek Mining Company
la convocatoria por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del Ministerio de Energía y Minas, para la aprobación del EIA, y el desarrollo de las audiencias públicas en esta los funcionarios de Energía y Minas explicaron la bonanza de la minería, obviando la explicación de los posibles peligros y amenazas que traería esta minería a tajo abierto,el Taller Participativo Voluntario del EIA se realizaron en condiciones desfavorables los propietarios y la comunidad asistieron sin presencia de especialistas con biólogos, geólogos, ambientalistas, sociólogos, agrónomos independientes que no estén condicionados por la empresa para tener una observación,
por otro lado, los expertos de Energía y Minas con total desconocimiento en idioma quechua, con presencia de persona extrañas no lugareñas venidos de otros lugares, en una actitud de usurpación, facilitaron y suscribieron convenio con la empresa como es el caso de la construcción de campamentos y oficinas y a la fecha continúan facilitando los seudo propietarios la licencia social a favor de la empresa minera Bear Creek MiningCompany, en las fechas del día 25 de Abril en una actitud excluyente, la empresa coordino y visito al lugar Ccollpapata para un supuesto dialogo para terminar el supuesto conflicto interno, este dialogo no se hace con los legítimos propietarios, si no con invasores, con artimañas y con amenazas pretenden despojar de su territorio ancestral pertenecen a las familias López Tacar, Maras y otros.
Los propietarios están en posición en sus parcelas que está ubicado en la Comunidad Campesina Chacaconiza comprensión del Distrito de Corani, ellos vienen conduciendo privadamente las parcelas originarias para la producción agropecuaria que es sustento de su existencia y vivencia,
Joven dirigente masacrado por los matones de la mineras
Las pretensiones de la empresa minera de iniciar la fase de explotación ha causado la división e enfrentamiento entre los comuneros, entre familias veamos este caso ocurrido el día viernes 12 de abril en la comunidad de chacaconisa del distrito de Corani, la empresa Bear Creek ha contratado personal de seguridad extraños a los lugareños, estos a los que reclamaban o exigían justicia maltrataron físicamente, sicológicamente y por pedir la palabra y opinar de manera racista lanzaron bofetadas, no hubo transparencia y justicia.
La empresa va corrompiendo con engaños a algunos dirigentes de las comunidades, el Alcalde Edmundo Cáceres Guerraeste está encargado de manipular a dirigentes a favor de la empresa Bear Creek , junto conel Francés Michel Francois Portier Balland, un hombre astuto en la corrupción a favor de la empresa Bear Creek, se convirtió facilitador y ofrecedor de terrenos de la comunidad Quelcaya a favor, de la empresa Bear Creek .
Alcalde Edmundo Cáceres Guerra NEGOCIANTE con dios y con el diablo
En todos los talleres de audienciapública repartieron panetones, caramelos, gaseosas, comidas a cambiorecolecto firmas, para respaldar el supuesto acuerdo de la licencia social, estas personas son colaboradores estratégicos de la empresa BEAR CREEK para que el PROYECTO minero CORANI tan pronto inicie.
Es notable que su expresión a favor de la empresa Bear Creek , ayudaron a realizar talleres sin convocatoria, aprovechan su cargo de Alcaldía de Corani, para respaldar abiertamente como en la audiencia del día viernes 12 de abril, en Chacaconisadonde desarrollaron con matones y personas ajenas de la provincia, trasladaron en mini Buses desde Juliaca y Macusani en la empresa sur oriente desde la ciudad de Juliaca y puno, los llevaron con engaños ofreciéndoles puestos de trabajo a los que van a ir a la audiencia y ahí se les vio aplaudir a los que hablaban a favor ysilbar a los que se oponían a la empresa Bear Creek, si una persona pregunta a la empresa y a los funcionarios de la MEM inmediatamente abucheaban o aplaudían todo a favor a la empresa.
Exactamente en el predio de Minas pata de 600 Hectáreas el predio de Ccollpapata de 538 Hectáreas has sido concesionado a la empresa minera y aparecen en el INGEMMET con el nombre de Bear Creek Mining Company Sucursal del Perú, lugar donde iniciaran los trabajos a tajo abierto y lugar donde se establecerán los botaderos y depósitos de residuos tóxicos como cancha relave, los propietarios humildes familias algunas iletradas y otros con 1ro. y 2do. Primaria, apenas firman o ponen su huella digital, los han utilizado, coaxionado para que les vendan sus tierras.
Por estas consideraciones han puesto en conocimiento ante la DREM Puno y ante el MEM y está en cuestión y observaciones el EIA y vienen exigiendo el DIALOGO para aclarar y respeten las decisiones de los propietariosy su cuestionamiento a la forma que vienen desarrollando los representantes de ENERGIA MINAS y representantes de la EMPRESA MINERABear Creek Mining Company.
laoposición a la explotación minera en territorio de los propietarios, es para evitar los futuros conflictos, dicha OPOSICION se ejecuta al amparo a toda las normas nacionales, en caso no respeten sus derechos ancestrales recurrirán a instancias legales INTERNACIONALES, para demandar y exigir respeten los Derechos Humanos el Convenio Nro. 169 y la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas O.N.U.Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo que protegen su tierra y territorio.
Han violado estas normas nacionales e internacionales que protegen el territorio de las Comunidades sobre sus terrenos originarios que está Amparadoporel Código Civil actual reconoce oficialmente a las Comunidades Campesinas, la Ley General de Comunidades Campesinas Ley Nro. 24656 en su Arts. 11 y 12 y su Reglamento D. S. Nro. 008-91-TR. de la misma forma garantiza la Constitución Política del Estado en su Art. 88, habla tácitamente en el párrafo 2 garantiza la propiedad, la Nueva Ley Nro. 29785 de Derecho a la Consulta Previa y su Reglamento D.S. Nro. 001-2012, Cualquier persona Natural o Jurídica deben hacer la Consulta Previa a las Comunidades Campesinas y Nativas o pueblos Originarios, para realizar cualquier actividad extractiva, ya sean para áreas de depósito de residuos tóxicos, cancha de relaves, botaderos de desmontes, desplazamiento, o Venta de su Tierras o Territorios.
El Convenio Nro. 169, en sus Arts. 13 a más habla tácitamente sobre derecho de propiedad y posesión de las tierras tradicionales de las comunidades campesinas y Nativas y pueblos Originarios, son inviolables sin consulta de la comunidad, de igual forma la Declaración Universal de los Derechos Humanos Art. 17 el derecho de la Propiedad colectivamente de las comunidades Nadie puede privar arbitrariamente sin consentimiento de la comunidad y por último la Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo, en su Art.10 a más Nadie puede ser desplazado de su tierra y territorio las comunidades Campesinas.
Hasiendo cola para abordar el LAN CHILE pasaje pagado por Bear Creek Mining Company
Nos causa extrañeza que el gobierno local y regional este parcializado, con la empresa minera, sabiendo que ni las regalías y el canon minero, es beneficioso para las comunidades, estos impuestos quedan en beneficio de la empleocracia del aparato estatal,
Hasta cuando los originarios kheswas vamos seguir siendo engañados, con esta constitución política del Perú que dice: “Artículo 66°.- Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.(Si es así en que nos beneficia la explotación y ventas de gas de Camisea, venta de petróleo y minerales)El Estado es soberano en su aprovechamiento(congresistas y ministros tienen la soberanía mas no los propietarios las comunidades y el pueblo).
Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.”
Cuando debería decir el “Artículo 66°.- Los recursos naturales, renovables y no renovables, que se encuentran en el territorio nacional son patrimonio de los nacionales, ya sean ciudadanos naturales, personas jurídicas nacionales, Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía o empresas del Estado.
Los recursos naturales, renovables y no renovables, que se encuentran en el territorio de las comunidades campesinas y nativas son propiedad y patrimonio de las comunidades que ancestralmente ocupan espacios territoriales.
La explotación de los recursos naturales está reservada a los nacionales y no se puede concesionar a extranjeros.”
Para los originarios Kheswas y aymaras son nulas todas las transferencias a dominio del Estado y adjudicaciones en venta realizadas de tierras comunales declaradas “tierras abandonadas”, debiendo restituirlas a sus legítimos e históricos propietarios.
Según el art. 15 de laLey General de Comunidades Campesinas Ley Nro. 24656En todas las concesiones mineras petroleras gasíferas las comunidades debemos ser incluidos socios con el 51% de acciones y con un puesto en el directorio de la empresa, solo así terminara el conflicto frente a las mineras.
PABLO SALAS CHARCA
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