miércoles, 12 de octubre de 2016

ANUNCIAN PROYECTO SOBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA


PROYECTO DEL EJECUTIVO VULNERA LEGISLACIÓN
SOBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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En la mayoría de países de la región, los compromisos contraídos como resultado de las negociaciones colectivas constituyen un derecho fundamental de los trabajadores, que incluso es reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el Perú esto no se ejerce plenamente a pesar de estar consagrado en la Constitución Política del Estado.

Así lo señaló el presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República, congresista Hernando Cevallos, durante el Foro Público ‘La Negociación Colectiva en el Sector Público y Empresas del Estado: Límites y Posibilidades’ que se realizó hoy, con la asistencia de trabajadores, funcionarios públicos y representantes de diversas instituciones. El evento tuvo lugar en el Auditorio ‘Faustino Sánchez Carrión’ del Congreso de la República.

Al respecto, dijo que el proyecto de presupuesto para el 2017, presentado por el Poder Ejecutivo, en su 58° Disposición Final Complementaria, establece la prohibición de realizar incrementos u otorgar beneficios económicos vía negociación colectiva. Agregó que en el artículo 6° de la misma ley, se prohíbe expresamente la aplicación de aumentos económicos o mejoras económicas (a través de incrementos salariales, beneficios, incentivos, etc.) limitando la negociación colectiva a tan solo a la determinación de condiciones laborales no económicas.

Indicó que esta disposición no solo es contraria al concepto social de la remuneración que consagra el artículo 24° de la Constitución Política, sino también contradice el artículo 28° que reconoce el derecho humano a la libertad sindical y de negociación colectiva, conforme a los principios de negociación libre y voluntaria incluidos en el Convenio Nº 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Explicó que oportunamente, el Tribunal Constitucional emitió sentencia reconociendo que tanto el principio de equilibrio presupuestal como el de negociación colectiva, deben conciliarse; señalando que “una interpretación adecuada y razonable de los artículos 28, 42, 77 y 78 de la Constitución Política del Estado, así como los Convenios 98 y 151 de la OIT, referidos a la negociación colectiva en la administración pública, confiere el derecho de los trabajadores o servidores públicos de discutir el incremento de las remuneraciones a través del mecanismo de la negociación colectiva, con respeto del principio de equilibrio y legalidad presupuestales, y si bien las restricciones o prohibiciones a que se negocie el incremento de sus remuneraciones no son en sí mismas inconstitucionales, tal estatus jurídico –constitucional se alcanza a todas las veces en que la prohibición exceda los tres años, que es el lapso máximo para que una medida de esta naturaleza pueda prorrogarse”.

Agregó  que  la cita corresponde al Considerando 90 de la Sentencia recaída  sobre los expedientes 003-2013-AI/TC, 004-2013-AI y 0023-2013-AI/TC del 18 de setiembre de 2015, que fue publicada en el diario oficial. En la misma sentencia, el TC insta al Congreso de la República a regular en el plazo máximo de la legislatura 2016-2017, los mecanismos y procedimientos de negociación colectiva de remuneraciones en el Estado. 

Por ello, Cevallos adelantó la próxima presentación de un proyecto de ley sobre convenios colectivos para evitar que otro ‘contrabando normativo’ pretenda afectar este derecho consagrado en nuestra legislación.

Dijo, además, que la política laboral del gobierno requiere de una respuesta organizada que gravite en las organizaciones de los trabajadores. “Sabemos que no será fácil y que en muchas ocasiones deberemos marchar contra la corriente, pero daremos la pelea desde nuestras ubicaciones”, enfatizó.

Por otro lado, el parlamentario indicó que desde su perspectiva la comisión que preside tiene dos características claramente definidas: la fiscalización de las normas laborales y su aplicación en las instituciones a fin de velar por su cumplimiento; y, el carácter normativo, que en nuestro país sufre un evidente retraso.
El titular de la comisión de Trabajo y Seguridad Social del Legislativo dijo que con este Foro se abrió el debate público sobre la situación de la negociación colectiva en el sector estatal, buscando identificar los entrampamientos y cuellos de botellas legales, para plantear alternativas normativas para viabilizar y hacer efectivo este derecho en la administración pública.

Se ha querido promover el análisis y debatir los alcances, limitaciones y posibilidades contenidas en el derecho a la negociación colectiva, además de analizar sus implicancias frente a la propuesta remitida por el Ejecutivo, concluyó el legislador.

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