DECLARACION DE LIMA PARA TODAS Y TODOS
Reafirmamos la vigencia del Consenso del Cairo
Nosotras y nosotros, Parlamentarias y Parlamentarios Andinos, Congresistas y Asambleístas de los Países Andinos, reunidos en el Foro Regional Andino “Balance y Perspectivas del Consenso De El Cairo: La Agenda Resuelta y lo Pendiente en la Región Andina”, celebrado en Lima el 13 y 14 de junio de 2013.
Considerando:
- Los distintos tratados, protocolos, convenciones y acuerdos universales y regionales de los derechos humanos, que reconocen que los derechos sexuales y derechos reproductivos son derechos humanos y establecen obligaciones legales para nuestros Estados
- La Carta Social Andina, que incluye los siguientes componentes:
NUM. 5: Los Estados de la Subregión se comprometen a velar por la universalización y plena aplicación de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, del medio ambiente, espirituales, al usufructo del progreso científico y tecnológico, al desarrollo e integración, considerados en forma indivisible e interdependiente; respetando la diversidad económica, cultural, social, étnica, de deficiencia, discapacidad y minusvalía, de género, por opción sexual de toda la población.
NUM. 35: Insistir a los parlamentos nacionales de la Subregión que, previa consulta y respetando el espíritu de las propuestas de los sectores sociales, aprueben y/o reformen leyes que tiendan a erradicar cualquier forma de violencia y discriminación contra la mujer y contemplen la igualdad de derechos y oportunidades considerando las particularidades de género.
NUM. 99: Impulsar la legislación pertinente para asegurar la disminución de riesgos de la maternidad no segura y despenalizar el aborto.
NUM. 100: Impulsar la realización de campañas nacionales de educación sexual y prevención del embarazo adolescente en los países de la Subregión.
NUM. 101: Exhortar a los Gobiernos de la Subregión el cumplimiento de los acuerdos y convenios internacionales (Cairo y Beijing) en torno a los Derechos Sexuales y Reproductivos (DSR), difundiendo ampliamente sus contenidos y alcances y desarrollando mecanismos para la sanción de su vulneración.
- La resolución 65/234 de la Asamblea General de la ONU, que prorrogó el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de 1994 y las medidas clave para seguir ejecutándolo después de 2014;
- La Cumbre Mundial de Naciones Unidas de 2005, que incorporó en los Objetivos de Desarrollo del Milenio las metas relativas a salud reproductiva.
- La convocatoria a la Primera Conferencia de Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe (12 al 15 de agosto en Montevideo), que hará un balance de la implementación del Programa de Acción mencionado y acordará acciones para su implementación más allá del 2014.
- La necesidad de generar desde el Parlamento Andino un espacio de reflexión y propuesta sobre ésta temática con referencia a nuestros países y a nuestro quehacer como parlamentarios.
Acordamos:
1. Ratificar nuestro respaldo al Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) de 1994, como marco de referencia para garantizar el ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos y la incorporación de las dinámicas de población en las estrategias de desarrollo.
2. Reafirmar nuestro compromiso para promover la implementación efectiva del Programa de Acción de la Conferencia del Cairo. Ello incluye:
a. El derecho de las personas a ejercer de manera libre, autónoma e informada sus decisiones sexuales reproductivas
b. El acceso a la información, educación y servicios de salud sexual y salud reproductiva basadas en evidencias, con enfoque intercultural e intergeneracional en un marco de pluralidad democrática
c. La igualdad de géneros y la eliminación de todas formas de discriminación y de violencia
3. Promover desde el Parlamento Andino, los Congresos Nacionales y Plurinacionales de sus Estados miembros, la armonización de las normas legales y políticas públicas que garanticen el cumplimiento del mencionado Plan de Acción.
4. Reconocer y trabajar por la superación de las dificultades que aún persisten en la implementación de esas normas y políticas, expresadas en la existencia de importantes brechas que afectan principalmente a la población rural, indígena, afro-descendientes, adolescentes, niñas y niños, jóvenes y mujeres en situación de pobreza.
5. Persistir en nuestro apoyo a los esfuerzos que los Estados miembros del Parlamento Andino, sociedad civil y organizaciones de mujeres, adolescentes y jóvenes, vienen realizando para la implementación del mencionado Programa de Acción, incluyendo la superación de barreras normativas.
6. Promover como prioridades en los países andinos las acciones para: garantizar los derechos sexuales y derechos reproductivos y el acceso universal a la salud sexual y salud reproductiva, con énfasis en la prevención del embarazo no planificado en adolescentes, mediante la educación integral en sexualidad, la información y acceso a servicios e insumos anticonceptivos; la protección contra la violencia sexual; la prevención y el tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y el VIH/SIDA; la prestación universal de servicios integrales de maternidad voluntaria y saludable, incluyendo la despenalización del aborto y la atención de sus complicaciones; la incorporación de los hombres en el cuidado de su salud sexual y salud reproductiva considerando sus necesidades específicas; el acceso a educación, salud y trabajo digno para la juventud de manera que los países aprovechen el período del bono demográfico.
7. Demandar y fortalecer la institucionalidad pública en los Estados miembros de la Comunidad Andina comprometida con estas tareas y las iniciativas destinadas a alcanzar la igualdad de género, con énfasis en la autonomía y empoderamiento de las mujeres; la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación; el acceso y permanencia de las mujeres, jóvenes y personas con discapacidades en el mercado laboral; y la garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de la mujer, incluido el acceso a los servicios de salud sexual y salud reproductiva.
8. Demandar a los Estados miembros de la Comunidad Andina la coordinación de esfuerzos con organismos internacionales y multilaterales y organizaciones de la sociedad civil para implementar el Programa de Acción.
9. Demandar a los Estados Miembros de la Comunidad Andina y a los Congresos Nacionales y Plurinacionales trabajar para incidir en la información, comprensión y ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos en los sistemas educativos con enfoque intercultural y carácter laico.
10. Trabajar en los Estados Nacionales y Plurinacionales de la Comunidad Andina la consolidación y profundización del Programa de Acción del Cairo, con un enfoque integral, de género, interculturalidad e intergeneracional y con participación ciudadana y que incorpore en sus legislaciones internas las recomendaciones del Consenso de Cairo.
11. Trabajar en la construcción de una agenda común Sudamericana, Latinoamericana, y del Caribe sobre un pacto por la protección de derechos que incluya metas propuestas para Cairo más 20 y más allá, así como la agenda de desarrollo post-2015.
12. Como parlamentarios y parlamentarias, congresistas, asambleístas nos comprometemos a garantizar la participación de la sociedad civil en la construcción, seguimiento y control de la implementación y cumplimiento de la agenda del Programa de Acción. Exigimos a los órganos ejecutivos de los gobiernos nacionales promover y asegurar los mecanismos de participación ciudadana.
13. Demandar la garantía del carácter laico de los Estados en sus marcos normativos y políticas públicas para el pleno ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos y la profundización de la democracia en nuestros países.
14. Transmitir esta Declaración, suscrita en el Foro Andino rumbo a Cairo+20, a la Cancillería de cada Estado miembro de la Comunidad Andina previo a la I Conferencia sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, a realizarse en Montevideo en agosto del 2013.
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